Razón por la cual no han sido impuestos de los hechos que se les imputa, en consecuencia, es procedente negar la solicitud de declaratoria de nulidad solicitada por el abogado Cesar E. Mavo, por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Punto Fijo. Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara sin lugar la solicitud de declaratoria de Nulidad, formulada por el abogado César E. Mavo, Y Así Se Decide. Notifíquese, al solicitante, y al Ministerio Público. Cúmplase
La Juez Segundo de Control
Abog. Límida Labarca Báez La Secretaria
Abog. Yarelys Perozo