este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a la penada MILANNY GREGORIA ROJAS PIÑA, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 24.562.539, el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 493, 494 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal. A tal efecto se fija audiencia para imponer a la penada del otorgamiento de dicho beneficio, en este Circuito Judicial Penal, el día 5 de Octubre de 2010, a las 10:00 Am. Se ordena el levantamiento del Acta de imposición a los fines de que se comprometa con el cumplimiento de las obligaciones impuestas en la presente decisión. A tal efecto, Líbrese la respectiva Boleta de Citación del penado. Ofíciese al Equipo multidisciplinario de la Comunidad Penitenciaria, remitiéndole copia de la presente Resolución, a l.....