este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de prórroga presentada por la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público en fecha 16.09.11, y en consecuencia, ACUERDA al Ministerio Público la prórroga contenida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de Quince (15) días adicionales, contados a partir de fecha 25.09.11, a los fines de presentar el correspondiente acto conclusivo en la causa seguida a la ciudadana: GREGORIA DEL CARMEN GUANIPA DE COLINA, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el segundo Aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, concatenado con el numeral 9° d.....