En razón de los fundamentos señalados este Tribunal, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el ciudadano Luis Peña Plaza, en representación del FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL FRANCISCO DE MIRANDA, asistido por el abogado Wilmer Pereira Arcaya, contra la sentencia del 20 de enero de 2003, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con sede en Coro, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de perención breve de la instancia (ordinal 1°, Art. 267 c.p.c.) y debidamente subsanada la cuestión de efecto de forma del escrito de demanda, hecho por los demandantes, ciudadanos JOSE ANTONIO CABRERA y ENEYDA TORRES DE CABRERA, con motivo de la oposición previa prevista en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en c.....