Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO seguido contra los ciudadanos FERNÁNDO JOSÉ GRATEROL Y GHILBERT GREGORIO MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 12.180722 y 9.504928, respectivamente, con motivo de la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, específicamente LESIONES CULPOSAS en Accidente de Tránsito, previsto y sancionado en el articulo 422 ordinal 2º del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los ciudadanos FERNÁNDO JOSÉ GRATEROL (conductor 1), GHILBERT GREGORIO MEDINA (conductor 29, CARLOS RAMON CHIRINOSNAVARRO, MARBET ALEJANDRA SANTOS, YAMELYS JOSEFINA SANTOS, SONIA MARGARITA SANTOS ZÁRRAGA, y Declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con el ordinal 3° del artículo 318 y el artículo 48 o.....