PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad, presentado por la ciudadana SANDRA ARBELAEZ TORO, asistida por el Abogado ROBERTO MEDINA inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 171.268 actuando con el carácter de Presidente de la empresa CORPORACION DE EVENTOS SOCIALES, ETIQUETA Y PROTOCOLO, C.A. contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Providencia Administrativa en expediente signado con el Nº 053-2010-01-00293, del veinte (20) de Junio de dos mil Once (2011), dictado por la INSPECTORIA DEL TRABAJO ALI PRIMERA DE LOS MUNICIPIOS CARIRUBANA, FALCON Y LOS TAQUES DEL ESTADO FALCON, mediante la cual se declaró CON LUGAR la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos interpuesta por la ciudadana OSDALY GRACIELA AVILA TORRES, en contra de la empresa CORPORACION DE EVENTOS SOCIALES, ETIQUETA Y PROTOCOLO, C.A. SEGUNDO: Que ADMITE el presente recurso nulidad, de acuerdo a lo previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica de .....