este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, OTORGA LA MEDIDA DE PRE-LIBERTAD DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado FREDDY JOSE QUIÑONES VENTURA, plenamente identificado en el acápite de este fallo, en los términos, condiciones y obligaciones como quedaron establecidos en los capítulos III y IV.
Se fija el día 26 de enero de 2009, a las diez de la mañana (10:00a.m.), para imponer al penado de la decisión, para lo cual se acuerda librar la respectiva boleta.