Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA LA AMPLIACIÓN DEL REGIMEN DE PRUEBA DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por UN (1) AÑO, a favor del ciudadano RIGOBERTO SEGUNDO MORENO PALENCIA, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.570.048, domiciliado en la Urb. Aristide Cabanis 5ta etapa, calle principal, Coro, estado Falcón, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA , previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las mujeres libre a una vida libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana adolescente F.M.P.C. (Identidad omitida), debiendo cumplir con las obligaciones impuestas. Quedan no.....