declara las presentes actuaciones, TÍTULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL CARÁCTER DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSE LUIS MOLINA, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-4.644.616, quien falleció ab-intestato en fecha 10 de Junio de 2.020, tal como se evidencia en el Registro de defunción del acta Nº 469, expedida en fecha 10-06-2020, por ante Unidad de Registro Civil de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda, del estado Falcón, la cual anexan. (Folios 14). A favor de los ciudadanos: LAURA OLIMPIA LUGO DE MOLINA, MARYELIS ELIE MOLINA LUGO, LUIS ERNESTO MOLINA LUGO, MARIA GABRIELA MOLINA LUGO, LAURA ANDREINA MOLINA LUGO, JAVIER JOSE MOLINA LUGO, BETHANIA MERCEDES MOLINA LUGO, JOSE LUIS MOLINA LUGO, RAUL ALFONSO MOLINA LUGO y LAURIMAR ADRIANA MOLINA LUGO, venezolanos, mayores de edad, la primera casada y los demás solteros, titulares de las cedulas de identidad Nº V-7.497.754, V-14.654.246, V-16.347.512, V-16.347.51.....