Administerndo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ordena la subsanación del presente asunto en cuanto a la cédula de identidad personal y la residencia del ciudadano Rafael Alberto Ocando Urbina, su número de cédula de identidad personal es N°9.806.063, y su residencia es en el sector 1, calle 6, N°07 de la Urbanización las Margaritas, Municipio Autónomo Carirubana de ésta cuidad de Punto Fijo Estado Falcón. coloquese a pie de página de dicho auto el cual cursa en la causa, el número de cédula de identidad y la residencia del ciudadano. Así Decide. todo de conformidad con lo previsto en el artículo 192 del Código Orgánico Procesal Penal.
Jueza Tercero de Control
Abog. Morela Ferrer de Coronado La Secretaria
Abog: María E. Gonzalez