Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, de conformidad con lo establecido en el artículo 937, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 16, ejusdem, y en atención a lo solicitado, declara como: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano Jorge Alexander Hernández Montero (Fallecido en fecha 27 de septiembre de 2003), a la ciudadana Magaly Coromoto Ávila de Hernández, titular de la cédula de identidad Nº V-7.570.462 y a su hija (SE OMITE NOMBRE), de conformidad con los artículos 814 y 815 del Código Civil Venezolano, en representación de su padre pre-muerto Jorge Alexander Hernández Montero (Fallecido en fecha 27 de septiembre de 2003), se faculta suficientemente al Secretario de este Tribunal para que certifique las copias respectivas y sean entregadas al interesado,
Dado, firmado y sellado .....