esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por la abogada Irís Chirinos, en su carácter de Juez de Juicio de la extensión judicial de Tucacas de la Circunscripción del estado Falcón, en la causa Nº M-174-09, seguida en contra del ciudadano MARCOS JESÚS COLINA PIRONA, por la comisión de los delitos de Homicidio Agravado en grado de Frustración, Porte Ilícito de Arma de Fuego y Resistencia a la Autoridad, previstos y castigados en los artículos 406 en relación con el artículo 80, el primero y en los artículos 277 y 218, los demás, todos del Código Penal, ello con fundamento y base en el numeral 7º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, deberá el (la) Juez (a) sustituto (a) seguir conociendo del proceso penal incoado en contra del referido ciudadano, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 94 Código Orgánico Procesal Penal.....