Formalmente ejecutada la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, sede Judicial de Santa Ana de Coro, en fecha 07 de Mayo de 2010, mediante la cual condenó al ciudadano: NEPTALI JOSE MATA CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula V-07.499.043, edad 47 años, hijo de RAMON EULOGIO MATA LUGO (DIFUNTO) y MARIA CRESPO DE MATA, funcionario policial con rango de Sargento/1, con 24 años de servicio, residenciado Urb. Velitas II, Calle 18, vereda 62, casa No. 42 de esta ciudad, Telf. 0268-2526121, condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÒN, mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente, por la comisión del delito de Abuso Sexual a Niña, previsto y sancionado en el segundo aparte del Articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la niña (Identidad Omitida).