anteceden esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del estado Falcón, DECLARA PRIMERO: INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE el recurso de apelación del recurso de apelación ejercido por los Defensa Privada JULIO ELIAS MAYUDON GRAU Y MANUEL ARGENIS TORREALBA RANGEL, DEFENSORES PRIVADOS de los ciudadanos ANTONIO JOSÉ KIAMI FAKS y LUCY TERESA KIAMI FAKS, al verificarse que el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de control de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Tucacas, conforme a lo previsto en el artículo 428 en su literal "a" , por cuanto fue decretado el sobreseimiento de la causa. SEGUNDO: se ordena remisión del asunto principal 2CO-4820-2014 a su tribunal de origen,