este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA: INADMISIBLE LA ACUSACION PENAL, presentada por la ciudadana IRMA JOSEFINA CHIRINOS MEDINA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.633.928, domiciliada en Curimagua, sector trapichito, casa Sin Numero, al lado de la Tasca "El Cunaviche, Con teléfono Personal 0416.633.928, asistida por el Profesional de derecho Abg. Carlos Daniel Ramos Valera, Inscrito en el Impre Abogado bajo el Numero 180.133, con domicilio Procesal único y excluyente en la Avenida Rómulo Gallegos con Calle Iturbe, Nº 13, Coro Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de DIFAMACION, previsto y sancionado en el artículo 442 primer aparte del Código Penal vigente, en contra de la ciudadana MARIA EUGENIA ZAVALA VALLES, por no cumplir con los requisitos de procedibilidad, previstos en el artículo 401 del Código .....