Por las razones expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN del ACTA DE MATRIMONIO Nº 49, inserta en los Libros de Matrimonios llevados por el Registro Civil de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del estado Falcón, correspondiente al año 1955. Perteneciente a los contrayentes DECIDELIO MEDINA y PRIMITIVA MOLINA, tanto en los Libros Originales como en los Libros Duplicados, en consecuencia, la rectificación procede para que incluyan los números de cédulas de identidad de los contrayentes, así: al contrayente DECIDELIO MEDINA, colocarle en sus datos de identificación el Número de su cédula de identidad → V-720.469; y a la contrayente PRIMITIVA MOLINA, colocarle en sus datos de identificación el Número de su cédula de identidad → V.....