En fuerza de los anteriores razonamientos este Tribunal Superior impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Cesar Mavo, como apoderado de VITRINAS Y REFRIGERACIÓN PARRA, contra el auto de fecha 29 de enero de 2007, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, con motivo del embargo practicado contra VITRINAS Y REFRIGERACIÓN PARRA, con motivo del juicio intimatorio (cobro de cheque), que contra éste intentara la ciudadana RITA ANTONIA GARCÍA de WEFFER, a su vez, con motivo de la impugnación que hiciera el apelante contra la practica del embargo, donde la Juez comisionada al efecto ordenó la retensión de cantidades que se depositaran en la cuenta corriente Nº 0141015783171401094, del Banco Confederado, cuando se le había facultado para embargar bien.....