Con fundamento en los hechos analizados, las normas aplicables al caso concreto y los motivos que preceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de Recurso de Nulidad interpuesto por la parte demandante Sociedad Mercantil AUTO FRENOS CHACÓN, C. A., en contra del Acto Administrativo de efectos particulares contenido en la Providencia Administrativa No. CJ-P-2011-0032-B, de fecha 3 de mayo de 2012, dictada por la Presidencia del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).
SEGUNDO: Se DECLARA FIRME el Acto Administrativo recurrido, No. CJ-P-2011-0032-B, dictado por la presidencia del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).
TERCERO: Se ordena NOTIFICAR al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Segu.....