Por lo anterior, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda la solicitud hecha por el fiscal superior de este estado Falcón, y ordena remitir comunicación al Ciudadano Comandante del destacamento 44 de la Guardia Nacional, con sede en Judibana, a los Fines de la realización de las Labores de Seguridad, mediante el patrullaje por la residencia de la mencionada victima, hasta tanto cese el riesgo que hasta los momentos es inminente. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Superior. Cúmplase con lo ordenado
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,
ABG. VICTOR MOLINA VALDEZ
LA SECRETARIA DE SALA,
ABG. DAYANA ROVIRA