En fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
UNICO: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por el abogado Jesús Vivas Padilla, matricula N° 18.999, apoderado del ciudadano JOSE PULIDO AMAYA, cédula de identidad N° 1.875.693, contra los autos de fechas 10 de junio y 21 de mayo de 2009, dictados por el Juzgado primero de primera instancia en lo civil, mercantil, agrario y tránsito de esta Circunscripción Judicial, y mediante los cuales se ordenó agregar y admitir las pruebas de ambas partes, con motivo del juicio que por resolución de contrato de compraventa sigue el ciudadano CARLOS ENRIQUE ACHIQUES, cédula de identidad N° 4.640.713, contra el apelante.; providencias que se ratifican, sin perjuicio de lo que deba decidirse en la sentencia definitiva..
Se condena al pago de las constas del recurso de apelación fallido.