Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD a los ciudadanos: JUAN CARLOS CALLES, EMILIO RAMON REYES, FABIAN ENRIQUE MORALES LOYO Y OLEGARIO RAMON ROJAS CALLES, plenamente identificados en auto, de conformidad a lo establecido en el artículo 256 Ordinal 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por estar incurso en los delitos de: DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Y PORTE ILICITO DE ARMAS DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; y en el artículo 278 del Código penal Vigente. Y ASI SE DECIDE. Quedan notificadas las partes de la presente decisión, y librese la respectiva Boleta de Libertad y remítanse las presentes actuaciones a al referida Fiscalía a los fines q.....