este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta: la Libertad del ciudadano Juan Carlos García Donquiz, venezolano, mayor de edad, cédula V- 15.558.657, fecha de nacimiento 23-10-1980, oficio obrero, natural de Coro, Residenciado en el caserío Viana, Municipio Piritu, rancho de barro, al lado de la escuela Básica Unitaria numero 320, del Estado Falcón, teléfono: 0426-2606081, le Impone; las Medidas de protección y seguridad previstas en los numerales 3° y 5° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia consistentes en: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad previsto en el artículo 92 ordinal 8 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en contra del imputado consistente en la prohibición de acercarse a la residencia de la víctima con fines de agredirla física, psicológica y verbalmente .....