Por las razones antes expuestas, este Tribunal Penal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del asunto seguido contra: contra: PERSONAS DESCONOCIDAS, con motivo de la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, específicamente HURTO, previsto y sancionado en el Código Penal Venezolano, en perjuicio de: ARMINDA BRAVO DE LEAL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.560115, conforme a lo previsto en el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, y Declara Extinguida la Acción Penal en la presente causa, de conformidad con el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, notifíquese y remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
El Juez
Abg. Alfredo Campos .....