Este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTCIULO 65 DE LA LOPNA , por ser el autor del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Distribución tipificado en el articulo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas a cumplir un (01) año y seis (06) meses de Privativa de Libertad de conformidad con el articulo 628 parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente; hasta la fecha el adolescente ha cumplido tres (03) meses y catorce (14) días de privación de libertad, faltándole por cumplir dos (02) años, dos (02) meses y dieciséis (16) días de sanción. Fijándose como fecha de finalización de la presente .....