este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud presentada por el ABG. LANDO AMADO, en su carácter de Cuarto del Ministerio Público del Estado Falcón, y Decreta la imposición de Libertad sin restricciones conforme a lo previsto en los artículos 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los ciudadanos: RUDY SANGRONIS MARQUEZ, venezolano, cédula V- 13.901.455, oficio chofer, soltero, residenciado en el Kilómetro 7, Sector la Candelaria, Calle 02, principal, Casa 07 Coro Falcón, teléfono: 0412-526-6554 y MARIA ISABEL GUTIERREZ, venezolana, cédula: v11.477.805, oficio del hogar, soltera, residenciada en el Kilómetro 7, Sector la Candelaria, Calle 02, principal, Casa 07 Coro Falcón, teléfono: 0412-526-6554. Se acuerda que el presente procedimiento se siga tramitando por.....