El Tribunal considera que dicho ciudadano efectivamente debe ser trasladado a la mayor brevedad al estado portuguesa y colocarlo a disposición del el Juzgado Primero de Control Extensión Acarigua del Estado Portuguesa. En consecuencia, este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declina la competencia y ordena el traslado del ciudadano LEIBER JAVIER RAMÍREZ VASQUEZ, quien es venezolano, natural de Estado Portuguesa, nacido en fecha 03 de Julio de 1.985, de 21 años de edad, obrero, titular de la cédula de identidad N° 19.170.060, soltero y domiciliado en el Sector Cabudare, avenida 08, casa sin número, Barquisimeto, Estado Falcón, a la ciudad de Acarigua y colocarlo a disposición del Juzgado Primero de Control Extensión Acarigua del Estado Portuguesa. En consecuencia líbrese oficio a la Dirección de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Fal.....