Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con competencia en delitos de violencia contra la mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del Ciudadano LEOBARDO POMPILIO DORIA, titular de la cedula de identidad numero 05.287.860; por los delitos de AMENAZA, VIOLENCIA FÍSICA, CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previstos y sancionados en los artículos 41, 42 y 65 numeral 3° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana GERONIMA ANTONIA SILVA MIQUILENA, titular de la cedula de identidad N° 09.504.069, de acuerdo con lo establecido en los artículos 46, 49.7° y 300.3°, del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo, cesa cualquier med.....