Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano JOHAN ALEXANDER COLINA RIVERO, venezolano, cédula de identidad N° 17.520.931, nacido en fecha 05/01/1981, de 33 años de edad, Soltero, de profesión oficio Obrero, residenciado en la Población de Tocopero La Montaña Cerca de la Posada del "Señor Pelo Lindo", Municipio Tocopero, Estado Falcón; por el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el Artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y declara extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con lo establecido en el artículo 46, el ord.....