PRIMERO: INCOMPETENTE por la cuantía, para conocer de la presente solicitud, hecha por la ciudadana CELIA ROSA GUANIPA BLANCO, asistida del abogado ROMUALDO TOLEDO ROMAN, identificados suficientemente.
SEGUNDO: Se DECLINA LA COMPETENCIA por la cuantía, al Juzgado Distribuidor del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo, que le corresponda conocer. Publíquese, Regístrese. Remítase con oficio.
Déjese copia certificada del presente fallo del archivo del Tribunal.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los Veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil nueve. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abog. Esgardo J Bracho.
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