este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, conforme a sus atribuciones y competencia previstas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Pena, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, del ciudadano : MAURO GERARDO UGARTE RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad personal número V ¿ 13.202.337, de 35 años de edad, venezolano, técnico en comunicación, nacido el 18 de Diciembre de 1971, Tercer año como grado de Instrucción, domiciliado en el Urbanización Las Calderas, calle principal, frente la tuvo, del Kiosco Barba Roja a mano izquierda, al final vía al tuvo, la segunda casa a mano derecha, de esta Ciudad de Coro, Estado Falcón, quien fue condenado a cumplir la pena de Dos (02) años de prisión, por la comisión del delito de Estafa Simple, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, por cuanto ha cumplido las condiciones y obligaciones impuestas durante.....