DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: NIEGA el otorgamiento de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, del ciudadano JONATHAN ANTONIO COLINA LOPEZ venezolano, mayor de edad, natural de Punto Fijo estado Falcón, titular de la cédula de identidad N° 16.756.234, nacido en fecha: 25-09-80, de 30 años de edad, estado civil: soltero, de oficio marino , domiciliado en Sector Barrio Nuevo, calle Marina casa número 10. Las Piedras Punto Fijo, estado Falcón, Teléfono: 0416-2655055, hijo de Antonio Colina y Isidora López de Colina, y en consecuencia, acuerda MANTENER la Privación Judicial Preventiva de la Libertad; en la sede del Internado Judicial de Santa Ana de Coro; todo de conformidad con lo e.....