DISPOSITIVA
Por todos los argumentos anteriormente señalados, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA, por haber transcurrido más de treinta (30) días a contar desde el día 13 de enero de 2010, fecha en la que se admitió la presente demanda, sin que la actora haya indicado la dirección exacta donde citar a la parte demandada ni proporcionado los medios o recursos al Alguacil para su traslado, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 267 y el artículo 269, ambos del Código de Procedimiento Civil.
Se acuerda notificar a la parte accionante mediante boleta, para imponerla de lo decidido, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas conforme lo dispuesto en el art.....