En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón en funciones de Alzada Administrando Justicia en de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de apelación interpuesto por el ciudadano, julio Antonio Duran Vargas, de nacionalidad Colombiana, titular de la cedula de identidad E- 847.187, representado por el Abogado NÉSTOR ASTUDILLO DE LA CRUZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 89.205.
SEGUNDO; CONFIRMA la decisión de fecha 13 de Abril de 2009, folios 137 al 148 dictada por el Juzgado de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón quien declaró con lugar el DESALOJO sobre un inmueble constituido por un local comercial distinguido con letra "B", ubicado en la calle Zamora de la población de Chichiriviche del Estado Falcón.
TERCER.....