Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: no hay la flagrancia por cuanto no se llenan los extremos del articulo el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: se acuerda el Procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos graves artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal TERCERO: Se admitió la precalificación del delito realizada por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público de delito de: DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 03 DE LA LEY CONTRA EL ROBO Y HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, PARA LOS CIUDADANOS, LUIS ENRIQUE EREU SANCHEZ. CUARTO: parcialmente con lugar la solicitud realizada por el representante del ministerio publico consistente a la imposición de la medida cautelar sustitutiva de libertad.....