Por todos los argumentos antes expuestos este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente, con sede en Santa Ana de Coro, Estado Falcón; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone, al joven Adolescente IDENTIDAD OMITIDA del cumplimiento de sanción con la medida de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso de dos años de cumplimiento simultaneo consistiendo las Reglas de Conducta en Primero: Consignar constancia de estudio cada tres (03) mese actualizada. Segundo: A partir de hoy no verse involucrado en cualquier hecho delictivo. Tercero: no reunirse con Personas de dudosa reputación. CUARTA: prohibición de consumir, poseer, transportar, poseer o distribuir sustancias estupefacientes y psicotrópicas y en fin cualquier conducta ilícita que implique tener contacto con drogas, ni consumir bebidas alcohólicas. QUINTA: entrevistarse 01 vez con la Licenciada Zully Fernández a los fines de realizar.....