En virtud de lo que antecede, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara con lugar la solicitud de colocación familiar, incoada por la ciudadana Lynor Andreina Lee Chung Bermúdez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n.° 16.754.285, domiciliada en el Conjunto Residencial Balcones de Paraguaná I, torre 4, apartamento 2D, del municipio Carirubana del estado Falcón, en contra de los ciudadanos Yamilet Isabel Díaz y Andrés José Valerio Lugo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros. V- 12.496.136 y 11.765.107, respectivamente, domiciliados en la Vereda 11, casa N° 02, sector 03, del Sector Antiguo Aeropuerto, municipio Carirubana del estado Falcón, en beneficio de la niña Valentina Isabel Valerio Díaz, nacido el día 04 de agosto de 2005, de 10 años de edad; en consecuencia se acuerda la Colocación Familiar por un periodo de tres años de la niña Se omite nombre de acuerdo.....