DECISION.
Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación formulada por el abogado EDER JOEL HERNANDEZ EDNA procediendo en su carácter de Defensor Público Primero de la Unidad de la Defensoría del Circuito Judicial Penal, extensión Punto Fijo, intentada en fecha 31 de Marzo de 2003, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Mixto en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, de fecha 18 de Marzo de 2003.
Publíquese, regístrese y comuníquese.
Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
El Presidente,
RANGEL ALEXANDER MONTES C.
PONENTE
MARLENE MARIN DE PEROZO.
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