En consecuencia, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta por el abogado Oswaldo Jesús Madriz Roberty, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO JAVIER GARCÍA, contra el abogado ALDRIN FERRER PULGAR, en su condición de Juez Temporal del Juzgado Primero del Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial, surgida en la causa N° 2437-11, de la nomenclatura llevada por ese Tribunal, en el procedimiento de DESALOJO DE INMUEBLE, seguido por el ciudadano PEDRO DOROTEO BORREGALES HANSEN, titular de la cédula de identidad N° V-728.749, contra el recusante, alegando que se encontraba incurso en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Ofíciese al Juzgado Distribuidor del Municipio Miranda de esta Circunscripci.....