En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal superior impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: Sin Lugar la apelación interpuesta por el abogado Rafael Galíndez, con el carácter de apoderado del ciudadano GIAN FRANCO ALGARES, contra el auto interlocutorio de fecha 26 de junio de 2008, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio de intimatorio (cobro de bolívares) seguido por WILFREDO JOSE MELENDEZ ROMERO contra el apelante, mediante el cual se ordena poner al demandado en posesión del bien inmueble descrito en dicho auto, objeto de remate por los motivos señalados en la parte motiva del fallo y se confirma el auto apelado.