Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con fundamento a su libre convicción, basadas en las reglas de la lógica, y máximas de experiencia, cumplidas las formalidades de ley, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se admite TOTALMENTE la acusación interpuesta por la Fiscalía 21° del Ministerio Público, al verificar este Tribunal que la misma reúne los requisitos exigidos en el texto adjetivo penal adjetivo, en contra de las ciudadanas MARIA ISABEL GARCIA ALVAREZ y KARELYS COROMOTO TALAVERA por la comisión del delito de TRÁFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Se ADMITE la totalidad de las pr.....