Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida por el numeral 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, declara:
PRIMERO: Acuerda EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la ciudadana Doraima Margarita Caripa, quien es venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº 14.654.242, nacida 19-1979, soltera, oficios del hogar, residenciada en el Barrio Zumurucuare, en la calle negro primero, con calle las margaritas, casa s/n, Coro, Estado Falcón, quien fuere condenada por el Juzgado Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de cuatro (04) años de prisión más las accesorias de Ley, por la comisión del d.....