Este Tribunal 2° de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y la de la defensa privada consistente en la Imposición de la Medida Cautelar del adolescente imputado SADOVID FRANCISCO ELIAZAGA RODRIGUEZ, contenida en el articulo 582 literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, consistente en presentación periódica cada 30 días por ante la sede del circuito Judicial de Tucacas. En consecuencia este tribunal, hace la advertencia al precitado adolescente imputado en la prohibición de acercarse a la victima. Se ordena igualmente realizar el informe social. Se ordena proseguir el procedimiento Ordinario. Se ordena oficiar a la Trabajadora Social adscrita al Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente a los fines de consignar ante este tribunal informe social del adolescentes y su grupo famili.....