este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, conforme a sus atribuciones y competencia previstas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Pena, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, del ciudadano JAIRO JOSE CALLES GARCÍA, Venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula V-14.027.515, residenciado en el barrio La Cañada, calle principal N° 4, la calle es de tierra, en los ranchitos que s encuentran allí, en la esquina queda una venta de gas, Coro- estado- Falcón Y JESUS RAFAEL GARCÍA COLINA, Venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula V-9.513.935, residenciado en el calle democracia con calle Ampies y calle Comercio, casa N° 29, de color azul, puerta de madera, Coro- estado- Falcón; quienes fueron condenados a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS de prisión por la comisión del delito de Trafico Ilícito de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas .....