Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: la flagrancia, de conformidad a lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda la solicitud de la Representación Fiscal de seguirse el presente caso mediante el Procedimiento de Juzgamiento de Delitos Menos Graves establecido en el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se admitió la precalificación de los delitos de Lesiones leves reciprocas previsto y sancionado en el articulo 416 en concordancia con el articulo 425 del código penal para los ciudadanos MEDINA ARIAS JUAN CARLOS, BRICEÑO JESUS ALBERTO, LUGO MEDINA ALBA MARINA, BRICEÑO MILAGROS DEL VALLE Y HERNANDEZ ROJAS FRANCIS YOSLIN, CUARTO; sin lugar la solicitud del defensor publico por la unidad de la defensa en cuanto a la libertad sin res.....