Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando conforme a lo previsto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA a a ciudadana LUZ MARY RIVAS CARRILLO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 10.548.286, residenciada en la población de Villa Marina, calle Cujizal, última calle vía el Pico, casa sin número, frente a la licorería Brumas del Caribe, Municipio Los Taques Estado Falcón, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 y 163.7 de la Ley Orgánica de Droga.
Conforme a lo previsto en el artículo 250 del Código Organico Procesal Penal, se aco.....