este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECLARA FORMALMENTE ejecutada la sentencia dictada por el Tribunal 5º de Control de esta Circunscripción Judicial Penal, en contra del penado: GREGORIO JESUS LEAL COLINA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.-18.768.531, de 23 años de edad, nacido en fecha 15 de Noviembre de 1983, domiciliado en la urbanización Los Medanos, manzana D8, calle principal, casa sin numero de color verde con azul, al lado de la escuela El Jebe Viejo, por la entrada, Coro, Estado Falcón, quien fue condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES, TRES (03) DIAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, más las penas accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 277 y 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; ello .....