Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, existiendo un hecho Punible que merece pena corporal, cuya acción Penal no se encuentra evidentemente prescrita, que existen elementos de Convicción para estimar que el Imputado es el autor del mismo, RESUELVE: DECLARA SIN LUGAR la solicitud realizada por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público e IMPONE a los ciudadano Imputados JOSE GREGORIO BRUZUAL, portador de la cédula de identidad personal número V.¿08.220.163, de 46 años de edad, venezolano, soltero, comerciante, nacido el 16/04/1961, natural de Barcelona, estado Anzoátegui, residenciado en la calle Churuguara, casa Nº 36, cerca de Uniofertas, dirección de trabajo panadería la Nueva, Edificio Cristal, detrás de la gobernación, bachiller, hijo (a) de la ciudadana Rosalía Bruzual y el ciudadano José Gregorio Bruzual, teléfon.....