Este TRIBUNAL PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en actas en donde consta que el decujus, HERNAN AMPARO SILVA RODRIGUEZ, falleció Ab-intestato en fecha 15 de Septiembre de 2009, como consta del acta de defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Autónomo Tomás Lander del Esto Miranda, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del mencionado decujus HERNAN AMPARO SILVA RODRIGUEZ, a los ciudadanos: ERIKA MARIA COLINA y ERICH JESUS COLINA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cedula de identidad Nros: 14.027.735 y 18.048.811, respectivamente, domiciliados en esta ciu.....