Este Tribunal Cuarto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara Temporal el Escrito de Contestación a la Acusación Fiscal, presentado por la Defensora Privada. Se declara sin lugar la excepción opuestas por la Defensa. Sin Lugar el Sobreseimiento. Se Admiten las pruebas Testimoniales ofrecidas por la Defensa Privada. SEGUNDO: Se admite PARCIALMENTE la acusación interpuesta por el Ministerio Público, contra el ciudadano RAMÓN ANTONIO EGURROLA SAAVEDRA. No se acoge la calificación jurídica por la presunta comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE FRUSTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo en el artículo 406 ordinal 1° en concordancia con el artículo 80, último aparte del Código Penal vigente, conforme al 313.2 se atribuye otra calificación jurídica a los hechos imputados por LESIONES GRAVES, según lo previsto en el artícul.....