Por los razonamientos antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS FALCON Y LOS TAQUES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN PUEBLO NUEVO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente Causa, seguida por la FISCALIA DÉCIMA SEGUNDA DEL MINISTERIO PUBLICO, DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUNTO FIJO, en contra de los Adolescentes: IDENTIDADES OMITIDAS, de Punto Fijo, Estado Falcón; todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y de igual manera se acuerda el Archivo de la presente Causa en éste Tribunal, librándose las correspondientes Boletas de Notificación. Publíquese en Pueblo Nuevo, a los veintiocho (28) Días del mes de Febrero del año Dos mil Doce (2012) siendo las 11:00 am y quedó re.....